Inicio · Boleto de compraventa
Completalo acá y bajalo en PDF, listo para imprimir y firmar. Es el modelo entre particulares, con las 15 cláusulas que te cuidan si sos el que vende o el que compra.
Lo que dejes en blanco sale con la línea para completarlo a mano.
Está pensado para una compraventa común entre dos particulares y no es asesoramiento legal para tu caso. Es responsabilidad de quien lo usa revisarlo con un abogado antes de firmarlo y adaptarlo a su operación.
El boleto te protege si lo que dice es cierto. Estas cuatro cosas se chequean antes, no después.
Si tiene prendas, embargos o inhibiciones. Una prenda la hereda el que compra.
Pedir el informe ↗ Cláusula 9Las que tenga hasta la entrega son del que vende. Sabelas antes de fijar el precio.
Consultar multas ↗ Cláusula 7Arancel del Registro y sellos de tu provincia. Que no aparezcan en el Registro.
Calcularlos → Cláusula 2Lo que se está pidiendo hoy por uno igual, aviso por aviso. Antes de poner el número en el boleto.
Valuar el auto gratis →Las 15, en castellano, según de qué se ocupa cada una.
Todos los datos del título y la cédula: dominio, motor y chasis. Que no quede duda de qué auto es.
Seña en el acto y saldo contra el 08. La transferencia vale cuando la plata está acreditada, no con una captura.
Confirmatoria: nadie se puede echar atrás. Penitencial: se puede, perdiendo la seña o devolviéndola doble.
Sin prendas, embargos, deudas ni denuncias de robo, y motor y chasis originales. Si miente, responde por evicción.
Título, cédula, llaves, VTV y libre deuda. Y desde cuándo el auto es del que compra.
El que compra lo revisó. Pero los vicios que el vendedor conocía y calló siguen siendo suyos.
Quién hace la verificación y quién paga aranceles, sellos y gestoría.
Choques, multas y seguro son del que compra. El que vende puede hacer la denuncia de venta sin avisar.
Patentes y multas hasta la entrega, del que vende; después, del que compra.
Sin intimar. El que cumplió puede exigir o dar por terminado el contrato.
Además de la seña, para que atrasarse cueste.
Sin su asentimiento la venta se puede anular. Lo tiene que repetir en el 08.
Depende de la provincia donde se firma. Se elige quién lo paga.
Los domicilios y los mails del encabezado. Un mail vale como aviso desde el día hábil siguiente.
Los tribunales de la ciudad que elijan, si hay que llegar a eso.
No. El boleto es el contrato entre ustedes dos: el precio, los plazos y qué pasa si alguien no cumple. El auto pasa a ser del que compra recién cuando la transferencia se inscribe en el Registro, con el 08 firmado y certificado. El boleto obliga a hacerla.
No es obligatorio para que valga entre ustedes, pero conviene: certificadas ante escribano o en el banco, nadie puede decir después que no firmó, y el boleto tiene fecha cierta.
El que vende puede hacer la denuncia de venta en el Registro sin intimarlo antes (lo autoriza la cláusula octava). Desde la denuncia, las multas y los choques dejan de ir a su nombre.
Sí. Pero sin decir nada más, el que compra puede pagar el equivalente en pesos. Si querés cobrar en dólares, tildá la renuncia al art. 765 del Código Civil y Comercial en el paso 5.
Confirmatoria si ya está decidido: nadie se puede echar atrás. Penitencial si alguno necesita una salida hasta una fecha: el que compra y se arrepiente pierde la seña, y el que vende la devuelve doble.
Fijate cuánto se está pidiendo hoy por uno igual. Poné el auto y te decimos lo que dice la tabla oficial y lo que dicen los avisos publicados.
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